En la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el congresista Hernando Guerra García (FP), fue sustentado el proyecto de ley de reforma constitucional que propone el recorte del mandato presidencial y el adelanto de elecciones generales.

Se trata del Proyecto de Ley Nro. 1897 presentado por el grupo parlamentario Podemos Perú, a iniciativa de la congresista Digna Calle Lobatón, segunda vicepresidenta del Parlamento Nacional, que tiene por objeto recortar el mandato presidencial, congresal y del Parlamento Andino, elegidos en el año 2021 y establece el adelanto de elecciones.

“El presidente y la vicepresidenta de la República elegidos en las Elecciones Generales de 2021, concluyen su mandato el 28 de julio de 2023. Los congresistas de la República y los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, elegidos en el mismo proceso electoral culminan su representación el 26 de julio de 2023”, señala la propuesta de la congresista Calle.

Además, precisa que “las elecciones generales para elegir al Presidente, Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, la convoca el Presidente de la República dentro de las 48 horas de entrada en vigencia del presente artículo y se realizan el último domingo de marzo de 2023”.

“Nos vamos todos”, dijo la parlamentaria Digna Calle, al sustentar su iniciativa, y añadió que esta responde a la crisis política sostenida que la población siente desde hace ocho meses y que tiene la finalidad de preservar y fortalecer nuestro sistema democrático y la gobernabilidad del país.

“La incompetencia del Gobierno, así como una agenda congresal que no prioriza al ciudadano, hace que hayan surgido episodios de ingobernabilidad alimentada por la persistente incertidumbre, como, por ejemplo, el alza del tipo cambiario del dólar, como consecuencia del nombramiento del primer gabinete”, anotó.

En la sesión estaba prevista la sustentación de otra propuesta similar contenida en el Proyecto de Ley Nro. 1918, presentada a iniciativa de la congresista Susel Paredes Piqué (ID), pero se excusó de asistir por encontrarse cumpliendo actividades programadas con anticipación.

La iniciativa se sustenta en la grave incapacidad además de serios indicios de corrupción en el entorno presidencial, así como la sospecha de gestiones indebidas de interés en la adjudicación de obras públicas.

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DEL CONGRESO

En otro momento, fueron sustentados tres proyectos de resolución legislativa mediante los cuales se propone modificar el artículo 51 del Reglamento del Congreso de la República que se refiere a las sesiones de los diferentes órganos parlamentarios y plantea regular el horario de sesiones del Pleno.

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Los proyectos de ley fueron sustentados por los congresistas proponentes Alejandro Cavero Alva (PL Nro. 2459), Ruth Luque Ibarra (PL Nro.2569) y Víctor Cutipa Ccama (PL 2667).

“Ninguna sesión podrá llevare a cabo después de las 11:59 pm. ni antes de las 7:00 a.m. salvo los casos en que la urgencia del tema lo amerite o ante el vencimiento de un plazo y previo acuerdo de la Junta de Portavoces”, planteó Cavero como una medida que otorgará mayor transparencia al trabajo del primer poder del Estado.

La congresista Ruth Luque (CD-JP) propuso un horario tope de las sesiones hasta las 11 pm y la presencialidad obligatoria en las sesiones cuando se debatan temas complejos y de trascendencia como reformas constitucionales y leyes orgánicas.

OPINIÓN CONSULTIVA

Con 11 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones fue aprobado el Informe de opinión consultiva solicitada por la Junta de Portavoces en su sesión del 15 de agosto de 2022, respecto a cuál de las partes tiene legitimidad para presentar una apelación y accionar en segunda instancia, de conformidad con las pautas procesales para el procedimiento de la impugnación de los acuerdos de los grupos parlamentarios sobre la expulsión de integrantes, aprobado por la Junta de Portavoces en su sesión del 3 de mayo de 2022.

El informe concluye señalando que “el procedimiento parlamentario respecto a la impugnación de los acuerdos de los grupos parlamentarios sobre la expulsión de integrantes, previsto en el numeral 4 del artículo 37 del Reglamento del Congreso, en el marco del respeto al debido procedimiento, derecho de defensa y el principio de igualdad permite, tanto al congresista expulsado, como al grupo parlamentario que lo expulsó, a presentar una apelación al Consejo Directivo, el cual actúa en calidad de segunda instancia definitiva”.

PLAN DE TRABAJO

Con 18 votos a favor, uno en contra y una abstención fue aprobado el Plan de trabajo de la Comisión de Constitución y Reglamento para el Período Anual de Sesiones 2022-2023, que tiene entre sus lineamientos temáticos en el ámbito legislativo abordar reformas constitucionales, reformas electorales, reformas de leyes ordinarias, leyes orgánicas o de resoluciones legislativas y la reforma del Reglamento del Congreso.

Además, incluye la conformación del Grupo de trabajo encargado del control constitucional sobre los actos normativos del Poder Ejecutivo a través de los decretos legislativos, decretos de urgencia y tratados internacionales ejecutivos.

Así también, el Grupo de trabajo encargado del control que regula el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública- artículo 87-A del Reglamento del Congreso de la República.

Del mismo modo se incluyen dos grupos de trabajo: Grupo de trabajo sobre reformas al Reglamento del Congreso y Grupo de trabajo sobre reforma política electoral.


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DICTAMEN POSTERGADO

A pedido del congresista José Balcázar Zelada (PB) fue postergado para una próxima sesión el debate y la votación del predictamen que recomienda el allanamiento, a las observaciones formuladas por el presidente de la República a la autógrafa de los proyectos de ley 809, 1043 y 1698, que proponen modificar el Nuevo Código Procesal Constitucional.

El congresista Guerra García dijo que se considerarán los aportes de los congresistas durante el breve debate.

Sobre la modificación del artículo 45 de dicho código, la congresista Gladys Echaíz (RP) anotó que las acciones contra los laudos arbitrales se interponen cuando se ha emitido el laudo arbitral y solo cuando hay un vicio procesal de poder afectar dicho procedimiento. “Eso se estaría modificando con solo la palabra resolución que se propone y a través de las acciones de garantía”, agregó.

Comunicaciones / Congreso de la República del Perú

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