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Población de Lima y Callao podrá salir a caminar o montar bicicleta durante el día

De acuerdo con el Decreto Supremo emitido por el Gobierno, este domingo 27 de junio no podrán circular en todo el país los autos particulares, aunque la población sí puede desplazarse en el día, dado que el toque de queda comienza a las 11 p.m.

La norma, publicada el pasado 21 de junio, señala que los vehículos particulares estarán impedidos de salir, independientemente del nivel de riesgo en que se encuentre la provincia frente al covid-19.

La misma situación ocurrirá los domingos 4 y 11 de julio. Cabe indicar que las medidas restrictivas dictadas por el Gobierno tendrán vigencia hasta el domingo 11 de julio.

Excepcionalmente podrán circular los vehículos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.  

De igual manera, tal como lo indicó Arturo Granados, vocero del Minsa, las personas a quienes les corresponda vacunarse contra el covid-19 pueden movilizarse los domingos o feriados, ya sea en transporte público o vehículos particulares.

Cabe indicar que Lima Metropolitana y el Callao bajaron a nivel de riesgo «alto» desde el lunes 21 de junio, a partir de lo cual el toque de queda comenzó a las 11 p.m.

En esta nueva clasificación el transporte interprovincial funciona sin restricciones.

Toque de queda

De acuerdo con la norma, del 21 de junio al 11 de julio se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta que tenga la provincia. En el caso de Lima Metropolitana y Callao empieza recién a las 11 p.m.

Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 00:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente. Aquí se encuentran Lima y Callao.

Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

La norma recuerda que el toque de queda no aplica para el personal que presta servicios esenciales, como salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, delivery, ni en personas que presenten alguna emergencia.

Tampoco en el caso del personal que participa en la prestación de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, entre otros mencionados en el decreto.

Andina

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