El Decreto Supremo 014-2021-EM considera una implementación de combustibles con menor impacto ambiental. | Foto: Minem

Respecto a la gasolina de 84 octanos se autoriza la comercialización de este combustible hasta julio del 2023 únicamente en las regiones Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín.

Con el objetivo de optimizar el almacenamiento y facilitar la comercialización de combustibles para beneficiar a los usuarios, el pasado 21 de mayo, el Poder Ejecutivo aprobó la optimización del número de gasolinas o gasoholes para uso automotor, eliminando la clasificación por octanaje y disponiendo que, a partir del 1 julio del 2022, los grifos y surtidores del país solo expendan carburantes de tipo regular y premium.

El Decreto Supremo 014-2021-EM considera una implementación de combustibles con menor impacto ambiental y busca corregir el problema actual generado por la venta de hasta 5 tipos de gasohol y 4 clases de gasolina, lo que en ocasiones lleva a la falta de stock y predictibilidad que necesita el transporte.

¿CÓMO SE CLASIFICARÁ EL COMBUSTIBLE?

El artículo 1 dispone la optimización del número de gasolinas y gasoholes para uso automotor. Así, se dispondrá el uso y comercialización obligatoria a nivel nacional de los siguientes tipos de gasolinas o gasoholes para uso automotor, de acuerdo al siguiente cronograma:

Tipo de Gasolina o Gasohol

– Gasolina Regular: comprende la gasolina de 84 y 90 octanos, y será de 91 octanos.

 Gasolina Premium: agrupa la gasolina de 98, 97 y 95 y tendrá la denominación de 96 octanos.

Fecha de vigencia: 01 de julio de 2022 a nivel nacional.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) consideró que esto se complementa con la revisión del marco normativo que busca una mejora en la producción de carburantes, así como en los niveles de calidad ambiental.

Además, se contará con un plazo de 180 días calendario para dictar las especificaciones de calidad de las gasolinas o gasoholes de tipo regular y premium, así como los colores distintivos que se colocarán en los tanques y máquinas despachadoras.

¿Y LA GASOLINA DE 84?

Atendiendo a la solicitud del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Decreto Supremo 013-2016-Minam, respecto a la gasolina de 84 octanos se autoriza la comercialización de este combustible hasta julio del 2023 únicamente en las regiones Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín.

DIÉSEL B5

Además, el Ejecutivo también dispuso que, desde julio de este año, se inicie la comercialización de combustible diésel B5 con un contenido no mayor de 50 ppm a escala nacional, con excepción de las regiones Loreto y Ucayali. Esta medida se extenderá a las gasolinas y gasoholes a partir de julio del 2022.

Desde el Minem señalaron que asumirán la tarea de establecer un cronograma para el uso y la comercialización de diésel, gasolina y gasoholes con contenido de azufre no mayor de 10 ppm, para que su aplicación no exceda el primer trimestre del 2024.

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