El día de hoy jueves 4 de febrero, el Pleno del Congreso de la República del Perú eliminó en segunda votación la inmunidad parlamentaria, con 103 votos a favor, 14 en contra y 1 abstención.

Según la agenda documentada del Congreso, se tenía previsto el debate y doble votación del dictamen que propone la reforma constitucional para eliminar la inmunidad parlamentaria. Precisamente, este dictamen requiere ser aprobado en doble votación, por implicar una reforma del artículo 93 de la Constitución.

El nuevo texto indica que los juicios contra congresistas por actos delictivos cometidos durante su mandato serán competencia de la Corte Suprema de Justicia.

El pleno del Congreso ya había aprobado la eliminación de la inmunidad parlamentaria, en primera votación, el pasado 11 de diciembre del 2020. Lo hizo al proponer la modificación del artículo 93 de la Constitución para que la Corte Suprema juzgue los delitos comunes imputados a legisladores. Esto, durante el ejercicio de su mandato.

La Carta Magna, con esta modificación parcial del artículo 93, quedaría de la siguiente manera:

«Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas«

Delitos comunes imputados a congresistas los verá la Corte Suprema de Justicia

Establece, asimismo, que “el procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia”.

“En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”, refiere el texto aprobado por el pleno legislativo.

Además, la norma establece una disposición complementaria final que señala que “el Congreso de la República adecuará su reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario, en cumplimiento de lo que dispone esta ley”.

El ex presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, explicó que la eliminación de esta prerrogativa establece la desaparición de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Congreso.

Este grupo de trabajo aprobó, el pasado 2 de diciembre, el dictamen que determinaba la eliminación de la inmunidad parlamentaria.

El encargado de sustentar el dictamen respectivo fue el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Luis Valdez Farías (APP), quien señaló que históricamente la inmunidad parlamentaria ha servido de garantía para aquellos congresistas que, en su rol fiscalizador, puedan realizar severas acusaciones y cuestionamientos en contra de cualquier política pública del Estado, funcionario público, inclusive sobre la figura presidencial.

Aquí las palabras del Congresista por Acción Popular Luis Roel Alva, segundo Vicepresidente del Congreso ?

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